A LA ENTIDAD REGISTRANTE: (acá aparece mi nombre)
(TENGA A BIEN ADJUNTAR ESCANEADO O POR FAX SU DNI/CUIT REGISTRADO EN NIC ARGENTINA).
POR LA PRESENTE SE LE INFORMA QUE GARBARINO S.A., DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 11 DE LA NORMATIVA VIGENTE DE NIC ARGENTINA Y CUMPLIENDO CON LAS FORMALIDADES EXIGIDAS EN LAS PREGUNTAS FRECUENTES DE DICHA REGLA, HA SOLICITADO LA REVOCACIÓN DEL NOMBRE DE DOMINIO DEL ASUNTO, COMMODORE.COM.AR., MANIFESTANDO SU DERECHO A SER TITULAR DEL MISMO.
FUNDAMENTA TAL REQUERIMIENTO EN:
SU CALIDAD DE TITULAR DE LA MARCA REGISTRADA HOMONIMA AL DOMINIO REQUERIDO.
A EFECTOS DE ACREDITAR SU DERECHO A LA TITULARIDAD DEL NOMBRE DE MARRAS, ADJUNTÓ LA DOCUMENTACIÓN QUE SE DETALLA A CONTINUACIÓN:
TITULO MARCARIO CERTIFICADO POR ANTE ESCRIBANO PUBLICO.
ESTA SE ENCUENTRA DISPONIBLE EN LAS OFICINAS DE NIC ARGENTINA.
***IMPORTANTE***
TENGA A BIEN ACUSAR RECIBO DEL PRESENTE MAIL A LA DIRECCIÓN DEL REMITENTE. ASIMISMO, Y DE ESTIMARLO PERTINENTE, DEBERÁ EMITIR SU DESCARGO POR ESTA VÍA ELECTRÓNICA, EN UN PLAZO NO MAYOR A DIEZ (10) DÍAS HÁBILES ADMINISTRATIVOS CONTADOS A PARTIR DEL 12 DE JULIO DE 2010 . EN ÉL, DEBERÁ OFRECER LA PRUEBA QUE ESTIME PERTINENTE A EFECTOS DE ESTABLECER SU DERECHO AL USO DEL NOMBRE DISPUTADO. DE SER NECESARIO SE LE REQUERIRÁ LA REMISIÓN DEL DESCARGO EN SOPORTE PAPEL Y/O DE LA DOCUMENTACIÓN PERTINENTE CON LAS FORMALIDADES ESTABLECIDAS EN LA REGLA 11, PREGUNTAS FRECUENTES Y NOTA MODELO.
CORREO ELECTRÓNICO ASOCIADO A LA ENTIDAD REGISTRANTE A LA FECHA DE REMISIÓN: *******@********.com
PARA MAYOR INFORMACIÓN, INGRESE A LINK
REGLA 11. “NIC Argentina se encuentra facultada para revocar el registro de un nombre de dominio en caso que el mismo afecte los derechos subjetivos de un tercero.
La persona física o jurídica que pretenda la revocación de un nombre de dominio registrado deberá acreditar fundadamente su mejor derecho, pudiendo NIC Argentina solicitar cualquier otro medio de prueba que estime necesario a efectos de resolver su procedencia.
Ante varios reclamos debidamente acreditados sobre un mismo nombre de dominio, el formalizado en primer término gozará de preferencia en el registro.
NIC Argentina analizará el reclamo y, en caso de considerarlo verosimil, informará respecto del mismo, vía correo electrónico, a la entidad registrante del nombre de dominio en disputa y detallará la documentación acreditante adjuntada. La entidad registrante del dominio deberá acusar recibo de dicha comunicación por la misma vía y emitir su descargo en un plazo no mayor a DIEZ (10) días hábiles administrativos. En él, deberá ofrecer la prueba que estime pertinente a efectos de establecer su derecho al uso del nombre disputado.
En caso que NIC Argentina no pueda determinar a quién asiste mejor derecho, informará tal temperamento, vía correo electrónico, tanto al reclamante como a la entidad registrante del dominio, en cuyo caso las partes deberán resolver la disputa por la vía que estimen corresponder.” Ver Preguntas Frecuentes
ATTE. FJT.
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Atte.,
NIC Argentina
E-mail: EMAIL
URL: LINK
Tel: 00-54-11-4819-7631
Fax: 00-54-11-4819-7630
nic04
10. El hecho de que NIC Argentina apruebe el registro de un nombre de dominio a favor de una entidad registrante no implica que asuma responsabilidad alguna respecto de la legalidad de ese registro ni del uso que haga del nombre de dominio la entidad registrante. En virtud de ello, no le corresponde evaluar si el registro o el uso del nombre de dominio puede violar derechos de terceros. NIC Argentina no acepta ninguna responsabilidad por cualquier conflicto debido a marcas registradas o por cualquier otro tipo de conflicto de propiedad intelectual que el registro de un nombre de dominio pudiera originar. NIC Argentina carece de competencia respecto de los contenidos de las páginas Web que puedan construirse bajo los nombres de dominio que integran su registro.
11. NIC Argentina se encuentra facultada para revocar el registro de un nombre de dominio en caso que el mismo afecte los derechos subjetivos de un tercero. (...)